Navegando por el IVA en Costa Rica

Esta guía ofrece una visión general del IVA en Costa Rica, incluyendo los tipos aplicables, los requisitos de registro, las obligaciones de cumplimiento y los plazos de presentación. Está diseñada para empresas que realizan transacciones dentro de Costa Rica.

Última actualización: noviembre de 2025
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2019

es cuando Costa Rica pasó de un impuesto sobre las ventas a un sistema integral de IVA.

Costa Rica de un vistazo.

Tarifa estándar

13 % IVA

IVA sobre los servicios digitales

Sí, al 13 %.

Obligación de e-invoicing

Moneda

Colón costarricense (CRC)

Artículos con tasa cero

Servicios educativos (regulados), libros, exportaciones, etc.

Formato IVA

número de 10 dígitos

Representación fiscal

Sí, obligatorio para las empresas no residentes que realizan actividades relacionadas con el IVA en Costa Rica.

IVA Cumplimiento en Costa Rica.

¿Hace negocios en Costa Rica? Deberá cumplir con las normas de la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado.

¿Quién debe registrarse?

Cualquier empresa que realice actividades sujetas a impuestos en Costa Rica está obligada a registrarse.

Registro del IVA en Costa Rica
Plazos para la presentación de la declaración del IVA en Costa Rica

Mensual

El día 15 del mes siguiente.

Plazos para el pago del IVA en Costa Rica

Mensual

El día 15 del mes siguiente.

Servicios digitales incluidos en el ámbito de aplicación
Aspectos a tener en cuenta

Costa Rica exige a los proveedores de servicios digitales extranjeros que se registren a efectos del IVA si prestan servicios digitales a consumidores en Costa Rica.

e-invoicing en Costa Rica.
Resumen del mandato en este país

Mandato B2G en vigor

Mandato B2B en vigor

Mandato B2C vigente

Estado de la obligación: e-Invoicing B2B

Histórico

e-Invoicing B2B

N/A

Nombre de la infraestructura de intercambio

Sistema de Administración Tributaria Virtual (ATV)

Formato(s) utilizado(s)

XML (esquema del Comprobante Electrónico de Costa Rica) con firma digital

Preguntas frecuentes

Solo las empresas registradas a efectos del IVA en el Ministerio de Hacienda pueden solicitar la devolución del IVA. Los gastos deben estar directamente relacionados con actividades empresariales sujetas a impuestos.

La devolución del IVA se realiza a través de la declaración mensual del IVA (Formulario D-104). El IVA soportado en las compras se deduce del IVA repercutido en las ventas. Si los créditos superan las obligaciones, el crédito restante se traslada al ejercicio siguiente. En casos específicos (por ejemplo, exportadores) es posible obtener reembolsos.

Las declaraciones del IVA se presentan mensualmente, utilizando el formulario D-104. Los pagos deben realizarse antes del día 15 del mes siguiente al período impositivo.

Países vecinos .

Explore la información sobre impuestos indirectos en estos países:

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