VAT IT x Asociación de Aeronaves Corporativas

Socio VAT IT

VAT IT x Asociación de Aeronaves Corporativas:

Como operador de la Parte 91 que realiza vuelos a Europa o a la región APAC, existe un impuesto denominado Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que se cobrará y deberá pagarse por todos los servicios terrestres.

Cuando sus tripulaciones aterrizan y desembarcan en países extranjeros, inevitablemente incurrirán en gastos (hotel, transporte, comidas) que incluyen estos cargos locales por IVA.

Dado que estos gastos de viaje son por motivos de negocios, son recuperables.

Los servicios de asistencia en tierra y el repostaje de combustible para sus jets privados en FBO extranjeros también están sujetos al IVA extranjero, que también es reclamable.

Como miembros de la CAA, ofrecemos un descuento especial en estos servicios de recuperación del IVA: nuestra tarifa normal es del 35 % de cualquier impuesto recuperado como comisión; los miembros de la CAA pueden esperar que se les cobre un 27,5 % por el mismo servicio.

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