Navegando por el IVA en Omán

Esta guía ofrece una visión general del IVA en Omán, incluyendo los tipos aplicables, los requisitos de registro, las obligaciones de cumplimiento y los plazos de presentación. Está diseñada para empresas que realizan transacciones dentro de Omán.

Última actualización: marzo de 2026
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2021

Omán introdujo el IVA en 2021, lo que lo convierte en uno de los países más recientes en adoptarlo en todo el mundo.

Omán de un vistazo.

Tarifa estándar

5 % IVA

IVA sobre los servicios digitales

Sí, al 5 %.

Obligación de e-invoicing

No

Moneda

Rial omaní (OMR)

Artículos con tasa cero

Una amplia gama de productos alimenticios (casi 500), medicamentos, equipos médicos, coches eléctricos y bienes y servicios exportados.

Formato IVA

OM seguido de 11 dígitos

Representación fiscal

Opcional

Recuperación del el IVA en Omán.

Las empresas extranjeras que incurran en IVA sobre gastos elegibles en Omán pueden solicitar su devolución.

¿Quién puede reclamar?
Omán aplica la norma de reciprocidad. Esto significa que Omán permite la devolución del IVA a las empresas extranjeras, pero solo si tienen su sede en países autorizados.
Los países elegibles incluyen:
Gastos reclamables :
Entretenimiento
No recuperable
Alojamiento
5%
Servicios de comida, bebida y restauración
5%
Entretenimiento 1 2
Contratación de medios de transporte
No recuperable
Combustible
No recuperable
Público Transporte
5%
Taxis
5%
Entretenimiento 2 1
Entrada a ferias y exposiciones
5%
Cursos de formación y seminarios
5%
Mercancías
5%
Cargos entre empresas
5%
Gastos de oficina
5%
Costes de marketing
5%
Honorarios profesionales y facturas AP
5%
Entretenimiento 4
e-invoicing en Omán.
Resumen del mandato en este país

Mandato B2G en vigor

No

Mandato B2B en vigor

No

Mandato B2C vigente

No

Estado de la obligación: e-Invoicing B2B

A partir del 1 de agosto de 2026

e-Invoicing B2B

Modelo Peppol de 5 vértices

Nombre de la infraestructura de intercambio

En desarrollo

Formato(s) utilizado(s)

Probablemente Peppol BIS

Preguntas frecuentes

No, no se requieren las facturas originales para solicitar la devolución del IVA de Omán. Por lo tanto, se pueden presentar escaneos y fotocopias como parte de la solicitud de devolución del IVA de Omán.

Omán tiene dos fechas para la presentación de solicitudes de devolución del IVA, que son las siguientes:
30 de junio: para facturas emitidas entre el 1 de julio y el 31 de diciembre del año anterior.
31 de diciembre: para facturas emitidas entre el 1 de enero y el 30 de junio del año en curso.

Las solicitudes de devolución del IVA de Omán deben superar los 100 OMR para que puedan tramitarse.

Países vecinos .

Explore la información sobre impuestos indirectos en estos países:

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